[toggle title=»¿Qué debe entenderse por horas de investigación?» state=»opened»]
En la estructura del Plan de Estudios de la Licenciatura en Sociología, los Seminarios de Investigación y los Talleres integran el Área de Formación como Investigador. A diferencia del resto de las asignaturas, la aprobación de los mismos se traduce en horas de investigación, siendo las mismas el resultado de experiencias de investigación realizadas en el marco de la oferta interna cuatrimestral y anual de la Carrera. Para completar este tramo de la Carrera deben acreditarse 200 hs. La aprobación de Seminarios otorga 50 hs. y la de Talleres 100 hs.
Por “resultados de experiencias de investigación” se entiende la confección (no necesariamente individual) de un trabajo original en el que se sistematice las experiencias de los Seminarios y/o Talleres.
Aquí puede consultarse la oferta de SEMINARIOS y TALLERES. [/toggle]
[toggle title=»¿Qué son las horas “externas” de investigación? » state=»close»]
Si bien las horas de investigación deben acreditarse prioritariamente mediante la cursada de los Seminarios (cuatrimestrales) y Talleres (anuales) que conforman la oferta interna de la Carrera, el Plan de Estudios de la Carrera de Sociología autoriza a realizar prácticas de investigación (y la posterior acreditación de horas) en el marco de proyectos acreditados (UBACyT y PRI) dirigidos por docentes de la Carrera y radicados en el Instituto Gino Germani (IIGG), en el Instituto de Estudios de América Latina y el Caribe (IEALC) ó en la propia Carrera.
Podés consultar el Nuevo Reglamento de Horas Externas de Investigación AQUÍ
¿Qué se entiende por prácticas de investigación?
Se entiende por “investigación social” al proceso de producción de conocimiento sobre una problemática social. Una “práctica de investigación” debe estar enmarcada en un proyecto de investigación que involucre la formulación de un problema de investigación, la definición de objetivos en relación al problema y al marco teórico y la correspondiente justificación del abordaje metodológico, la selección de fuentes, el establecimiento de técnicas de producción de datos (cuanti y/o cualitativas, mixtas; análisis documental, etc), y el procesamiento y análisis de los mismos. Una “práctica de investigación” debe ser orientada a la indagación empírica. No obstante, en los casos de investigación orientada a la teoría social o problemáticas históricas, deben contemplarse las mismas etapas mencionadas anteriormente.
Por “resultados de experiencias de investigación” se entiende la confección (individual o grupal) de un trabajo original en el que se sistematicen las experiencias de la “práctica de investigación” y sus resultados dando relevancia al conocimiento generado. Pueden tener dos formatos: Informe de investigación ó un escrito que exponga los hallazgos más relevantes del proceso de investigación. Las ponencias presentadas en jornadas, monografías o reseñas publicadas se aceptarán siempre y cuando sean acompañadas del informe que explicite la articulación entre el diseño de investigación propuesto y el contenido de los escritos mencionados.
En contraposición, no se consideran “resultados de experiencias de investigación” los trabajos que no cumplan con las etapas mencionadas en el punto anterior, o cualquiera de las siguientes actividades realizadas de manera aislada: diseño de instrumentos de registro (cuestionarios, guías de entrevistas), realización de trabajo de campo (encuestas, entrevistas), carga de datos cuantitativos a un programa de procesamiento estadístico, desgrabación de entrevistas, coordinación de trabajos de campo cuantitativo o cualitativo, búsquedas bibliográficas, traducciones, resúmenes de textos, procesamientos de bases de datos o generación de datos o informes sin análisis ni interpretación, etc. En ningún caso la realización de estas tareas por sí mismas acreditarán horas de investigación externas.
¿Quién puede dirigir una práctica de investigación que acredite horas externas?
La dirección de la práctica de investigación y la posterior acreditación de “horas de investigación externas” podrán ser realizadas únicamente por docentes de la Carrera que además sean directorxs ó codirectorxs de:
Proyectos UBACyT con sede en el Instituto de Investigación Gino Germani (IIGG) o en el Instituto de Investigación de América Latina y el Caribe (IEALC)
Proyectos UBACyT radicados en la Carrera de Sociología.
Proyectos de Reconocimiento Institucional (PRI)
Proyectos UBACyT con sede en otras Carreras de la Facultad bajo dirección o co-dirección de docentes de la Carrera
Proyectos de investigación desarrollados en el marco de Centros de Estudios u Observatorios del ámbito de la Facultad creados por Resolución CD.
Cada Proyecto podrá incorporar con la modalidad de este Reglamento hasta 3 (tres) estudiantes en total, es decir que si hubiera estudiantes ya incorporadxs cuyas horas de investigación se encuentran pendientes de acreditación pero figuren como regulares en función de autorizaciones anteriores, se computan dentro del total permitido.
¿Cuántas horas externas de investigación pueden acreditarse?
Los/as/es estudiantes en condiciones cursar el tramo de formación en investigación del plan de estudios (correlatividades aprobadas) podrán solicitar y acreditar un máximo de 50 (cincuenta) horas de investigación externas.
Excepción
Sin perjuicio de lo anterior, una vez acreditadas 50 hs. externas de investigación y de modo excepcional, les estudiantes podrán solicitar la realización y acreditación de 50 (cincuenta) horas externas de investigación adicionales, siempre y cuando den cuenta de un área de vacancia (que pueda referir, incluso, a perspectiva teórico metodológica) en la oferta interna de seminarios y talleres de la carrera.
Cartelera de Investigación (Proximamente)
Conocé los proyectos que acreditan horas de investigación en el siguiente enlace. [/toggle]
[toggle title=»Instructivo para acreditación de Horas de Investigación de Seminarios y Talleres Curriculares» state=»close»]
En Junio de 2011 se aprobó una nueva Reglamentación para acreditación de las horas de investigación correspondiente a la Carrera de Sociología (Res. CD 2221/11). Dicha Resolución recepta la propuesta planteada desde la Dirección de la Carrera para disponer de un mecanismo ágil que refleje el tránsito académico de los estudiantes de la Carrera a través del SIU-Guarani. Esto se realizará con la misma modalidad que actualmente rige para las materias curriculares, es decir, mediante la inscripción de los estudiantes a examen final (salvo primer llamado posterior a la cursada en el cual todos los estudiantes regulares ya figuran en el Acta. ¿Qué significa esto? Significa que los estudiantes una vez concluido el Seminario o Taller, dispondrán de 11 fechas para para que los profesores puedan acreditarles las horas. Los estudiantes deberán entregar los trabajos con al menos 20 días de anticipación a la fecha de inscripción a finales (en caso de tratarse de la última fecha regular debe ser con 60 días de anticipación para dar lugar a correcciones antes del vencimiento de la regularidad), e inscribirse cuando los profesores les notifiquen que han aprobado. Los profesores en cada llamado deberán cerciorarse que los estudiantes a quienes acreditarán horas consten en actas. En caso de que esto no ocurra, el estudiante deberá inscribirse en el próximo llamado y una vez constando en el acta, el/la profesor/a le volcará en la misma la acreditación de horas. Esta Reglamentación rige desde el año 2012 y comprende a todos los estudiantes que se encuentran regulares en seminarios y talleres. Una vez que los PROFESORES entregan las ACTAS con las evaluaciones, éstas serán volcadas al SIU y podrán consultarse mediante el sistema. [/toggle] [toggle title=»Instructivo para la autorización y acreditación de Horas de Investigación Externas» state=»close»]
Autorización previa
Para comenzar a desempeñarse en una práctica de investigación externa es requisito ineludible la autorización previa de la Dirección de la Carrera. No se reconocerán los trabajos realizados sin previa autorización, siendo ésta una condición estricta, cuyo incumplimiento no puede subsanarse bajo ninguna razón o circunstancia.
Plazos de solicitud
La dirección de la Carrera informará mediante sus canales de comunicación habituales, los plazos para la presentación de propuestas, que será anterior al período de inscripciones establecido en el calendario académico de la Facultad. Fuera del plazo estipulado, no se recibirán propuestas.
Solicitud de autorización previa por parte de lxs docentes
En todos los casos los Directores/as de las prácticas de investigación deberán solicitar autorización para la realización de trabajos por 50 (cincuenta) mediante el formulario anexo II y el envío del proyecto de investigación acreditado. Esta solicitud se denomina “solicitud de antecedentes”. La misma deberá ser remitida por el propio docente a el mail: investigacionessociologicas@sociales.uba.ar
Solicitud de autorización previa por parte de lxs estudiantes
Antes de iniciar cualquier actividad para la acreditación de horas, el/la estudiante deberá presentar a la Secretaría Académica de la Carrera de Sociología, durante las fechas estipuladas cada cuatrimestre.
Ambos documentos deberán ser remitidos por el/la estudiante a través del siguiente formulario: https://forms.gle/qPxp2kJya3hkWRn36
Actuación de la Secretaría Académica de la Carrera de Sociología
La Secretaria Académica analizará las solicitudes de autorización de antecedentes, y se cerciorará de que los estudiantes estén en condiciones curriculares de realizar horas de investigación, esto es, que hayan aprobado las materias Metodología I y Sociología Sistemática que son correlativas a la realización de horas de investigación, que la presentación cumpla con los requisitos del Reglamento vigente.
La Secretaría Académica comunicará el resultado (aceptación o denegación) de las solicitudes a estudiantes y docentes al menos dos días antes del inicio de las inscripciones establecidas por el calendario académico de la Facultad.
Los estudiantes, además, podrán consultar sobre la autorización de su solicitud de antecedente directamente en el SIU-Guarani, allí se encontrarán inscriptos en los Seminarios antedichos.
Los pasos a seguir por los Directores y los estudiantes para la acreditación de las horas son los siguientes:
Una vez concluido el trabajo, y en los plazos que informará por los canales institucionales la Dirección de la Carrera antes de cada llamado a examenes finales establecidos por el calendario académico, el/la director/a presentará una nueva nota (formulario Anexo III) detallando las actividades realizadas por el/la estudiante, señalando la correspondencia con el plan de trabajo detallado en la solicitud de antecedentes y solicitando las horas convenidas, con una copia del trabajo “resultados de experiencias de investigación” elaborado por lxs estudiantes.
Para la acreditación de horas externas, los estudiantes deberán inscribirse en el turno de examen más próximo a la presentación del trabajo final o informe requerido para la aprobación de las horas externas:
La DIRECCIÓN acreditará las horas recién una vez cumplido los pasos anteriores, y siempre que los estudiantes consten en actas.
La modalidad, plazos y requisitos para la presentación de los “resultados de investigación” a lxs directorxs tiene como referencia la Res. CD 2221/11 [/toggle]
REGLAMENTACIÓN DE HORAS DE INVESTIGACIÓN
Sede SE | Santiago del Estero 1029
Of. 137 1er piso (Ala HU)
Tel: +54 (11) 5287-1784(directo)
e-mail: sociologia@sociales.uba.ar